¿Cuáles son las responsabilidades de los socios?

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  • Generalmente, la responsabilidad de un socio es ilimitada. Por lo tanto, cada socio es responsable no solo en la medida de su participación en la sociedad. Pero su propiedad personal también se utiliza para liquidar las deudas.
    De acuerdo con la sección 13 (C) de la Ley de sociedades de 1932, sujeto al contrato entre los socios, las responsabilidades de un socio son las siguientes:

    1. Responsabilidades conjuntas de los socios por todas las deudas: cada socio es responsable conjuntamente con todos los demás socios por todos los actos y deudas de la empresa.

    2. Responsabilidad de un nuevo socio: Un nuevo socio es responsable de todos los actos de la firma, que se realizan después de que se convierte en socio.

    3. Responsabilidad de un socio jubilado: Un socio jubilado no es responsable de ningún acto de la firma, después de la fecha de su jubilación.

    4. Responsabilidad del socio fallecido: Si un socio fallece y la empresa sufre pérdidas, la propiedad del socio fallecido no se hace responsable de ningún pago.

    5. Responsabilidad del socio expulsado: Un socio expulsado no es responsable de sufrir las pérdidas y pagar las deudas de la firma, que surjan después de su expulsión.

    6. Responsabilidad por fraude: Si cualquier socio comete un fraude, los socios son igualmente responsables que él.

    7. Responsabilidad del socio insolvente: La firma no es responsable de ninguna transacción del socio insolvente, después de que el tribunal declare la fecha de su insolvencia.

    8. Responsabilidad por negligencia intencional: Un socio es responsable de reparar las pérdidas que surjan debido a su negligencia intencional.

    9. Participación en la pérdida: en caso de pérdida, todos los socios deben asumir la pérdida por igual.

    10. Ningún uso privado de la propiedad: Un socio no puede usar la propiedad de la empresa o su buena voluntad para sus ganancias privadas. Si lo hace, es responsable de entregar las ganancias así ganadas a la empresa.
  • 1. Responsabilidad solidaria y conjunta del socio. Cada socio es individual y conjuntamente legalmente responsable de todos los actos de solidez completa. 2. Responsabilidad por engaño o parodia de socios. Cada socio es responsable de todos los actos ilegales, es decir, parodia de fraude o descuido o mala conducta de los otros socios en la vida de la organización de la empresa. 3. Responsabilidad del socio insolvente. El sólido no es responsable de ningún trato para el socio en quiebra después de que se complete el plazo de quiebra por el patio. La tierra del socio en quiebra no es responsable de ninguna coacción del sólido después de la fecha en que se emite el acuerdo de quiebra. 4. Responsabilidad del socio entrante. Un socio interno es responsable de todos los actos del sólido seguimiento completo que se convierte en socio.Pero no es responsable de ninguna coacción del sólido anterior a su fecha de ingreso. 5. Responsabilidad del socio que se jubila. Un socio retirado o excluido no será responsable de ningún acto del sólido después de su partida. Pero el socio retirado o inhabilitado será responsable ante terceros de todos los actos del sólido que aguarda a la comunidad a la que atiende conocer de salida o exclusión. 6. La propiedad del socio fallecido. La propiedad del cónyuge fallecido no es responsable de ninguna coacción del sólido incurrido tras su duelo. 7. Responsabilidad por el pago de pérdidas. En caso de no asistencia a cualquier acuerdo, la cantidad de heridos será continuada por todos los socios de manera uniforme. .Un socio retirado o excluido no será responsable de ningún acto del sólido después de su partida. Pero el socio retirado o excluido será responsable ante terceros de todos los actos del sólido en espera de que sirva a la comunidad de los que tenga conocimiento de salida o exclusión. 6. La propiedad del socio fallecido. La propiedad del cónyuge fallecido no es responsable de ninguna coacción del sólido incurrido tras su duelo. 7. Responsabilidad por el pago de pérdidas. En caso de no asistencia a cualquier acuerdo, la cantidad de heridos será continuada por todos los socios de manera uniforme. .Un socio retirado o excluido no será responsable de ningún acto del sólido después de su partida. Pero el socio retirado o excluido será responsable ante terceros de todos los actos del sólido en espera de que sirva a la comunidad de los que tenga conocimiento de salida o exclusión. 6. La propiedad del socio fallecido. La propiedad del cónyuge fallecido no es responsable de ninguna coacción del sólido incurrido tras su duelo. 7. Responsabilidad por el pago de pérdidas. En caso de no asistencia a cualquier acuerdo, la cantidad de heridos será continuada por todos los socios de manera uniforme. .La propiedad del cónyuge fallecido no es responsable de ninguna coacción del sólido incurrido tras su duelo. 7. Responsabilidad por el pago de pérdidas. En caso de no asistencia a cualquier acuerdo, la cantidad de heridos será continuada por todos los socios de manera uniforme. .La propiedad del cónyuge fallecido no es responsable de ninguna coacción del sólido incurrido tras su duelo. 7. Responsabilidad por el pago de pérdidas. En caso de no asistencia a cualquier acuerdo, la cantidad de heridos será continuada por todos los socios de manera uniforme. .

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