Rosalyn
Si y no. Su cuenta corriente, si quieren tomarse la molestia / gasto para encontrarla, es un juego limpio. La Sección 207 de la Ley del Seguro Social (42 USC 407) protege los beneficios del Seguro Social de la cesión, la imposición o el embargo con cinco excepciones: Se puede embargar para hacer cumplir las obligaciones de manutención de menores y / o pensión alimenticia, se puede embargar para cobrar impuestos federales impagos, beneficiarios puede optar por que se le retenga y pague un porcentaje de sus beneficios al Servicio de Impuestos Internos para satisfacer su obligación tributaria federal sobre la renta para el año en curso. Puede retenerse y pagarse a otra agencia federal para pagar una deuda no tributaria que el beneficiario le debe a esa agencia, y quinto: el IRS puede cobrar las deudas tributarias federales vencidas de los beneficiarios mediante la recaudación de hasta el 15 por ciento de cada pago mensual hasta que se cancele la deuda. pagado. Esto es directamente del manual de las SS.Entonces, si tiene una cuenta bancaria enorme, tenga cuidado, pero es muy difícil para cualquiera buscar su beneficio de SS.