¿Puede obtener una discapacidad del Seguro Social por embarazo?

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  • En resumen, no, el embarazo no es una discapacidad. A pesar de que lo deja menos capaz y a medida que avanza se vuelve muy restringido en sus movimientos y capacidades, no califica como una condición para los beneficios por discapacidad del Seguro Social.

    Para calificar, debe tener una condición que cumpla con lo que el Seguro Social considera una discapacidad. Según la Ley del Seguro Social, la discapacidad suele ser una condición que dura más de un año. También bajo esta Ley, una discapacidad se define como la incapacidad para participar en una actividad que se ha determinado médicamente que tiene un impedimento físico o mental, que se puede esperar que resulte en la muerte o dure por un período continuo que no puede ser menor que 12 meses.

    Hay varios beneficios por discapacidad del Seguro Social. El beneficio del seguro por discapacidad es posiblemente el tipo más imperativo, ya que se dirige específicamente a aquellos que han trabajado en los últimos años, generalmente cinco de los últimos 10 y ahora se han vuelto discapacitados. Si es viudo o viudo discapacitado y queda discapacitado después de los 50 años.

    Los beneficios por hijo adulto discapacitado se otorgarán a los niños cuyos padres hayan fallecido y ellos mismos hayan quedado discapacitados antes de los 22 años. Esos beneficios se basan en las contribuciones al Seguro Social. Los Beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés) solo se pagan a aquellos que se consideran pobres y discapacitados, independientemente de la contribución a la seguridad social o la falta de ella. También hay una diversidad de SSI para niños menores de 18 años.
  • Por supuesto. Pero debe pasar por todas las diferentes etapas y conseguir un abogado después de haber sido rechazado dos veces. Tardará entre 3 y 7 años.

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