Paula
Primero que nada, felicidades. Tener un bebé es una gran responsabilidad. El IRS reconoce ese hecho al otorgar exenciones fiscales a los padres. La primera es una exención adicional para la familia. Las exenciones tienden a reducir la obligación tributaria del contribuyente al reducir la renta imponible declarada. Otra ayuda tributaria proviene del crédito por cuidado de niños y dependientes, mayor crédito por ingreso del trabajo (EIC) y, entre otros, el crédito tributario por hijos ($ 1,000 hasta 2010 según la legislación del Congreso). Tenga en cuenta que el crédito por ingreso del trabajo es un crédito reembolsable, lo que significa que si sus impuestos son cero, aún puede generar un reembolso. Además, si el crédito fiscal por hijos es cero, existe el "crédito fiscal adicional por hijos" reembolsable. Si adoptó a un niño, existe la posibilidad de que pueda obtener un crédito por los gastos incurridos durante años anteriores, antes de que la adopción sea definitiva. Sin embargo,no hay créditos retroactivos o deducciones para tomar en un año anterior para un bebé nacido en un año determinado. Nuevamente, felicidades y buena suerte !!